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Abril 3, 2019

Tipos de pensiones: vejez, invalidez y sobrevivencia

En el sistema de pensiones chileno existen tres tipos de pensiones, dependiendo de la causa por la cual se otorga: de vejez, de invalidez o de sobrevivencia. Aquí te damos los detalles de cada una:

1. Pensión de Vejez

La pensión de vejez consiste en el derecho que tienen todos los afiliados al sistema de AFP de tener una pensión. Se financia con una cotización individual que corresponde al 10% de las remuneraciones y rentas imponibles de los afiliados, con un tope de 70,3 UF, más la rentabilidad generada por estos fondos.

El sistema cuenta con dos alternativas para esta modalidad:

a) A edad de jubilación: los hombres pueden pensionarse al cumplir 65 años de edad y las mujeres al cumplir 60 años de edad.

b) Jubilación anticipada: las personas afiliadas a una AFP pueden pensionarse anticipadamente, antes de cumplir la edad legal, siempre que tengan fondos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión:

– Igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas en los últimos 10 años, e,

– Igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aportes Solidarios (PMAS).

2. Pensión de Invalidez

La pensión de invalidez es un beneficio que reciben los afiliados que han sido declarados inválidos por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones.

El monto puede ser parcial o total, dependiendo del porcentaje de pérdida de su capacidad de trabajo:

a) Parcial: pérdida de capacidad de trabajo igual o superior a 50% e inferior a 2/3.

b) Total: pérdida de capacidad de trabajo de al menos 2/3.

Existen trámites y requisitos para pensionarse por invalidez, luego de esto la Comisión Médica emite una comunicación donde acepta la condición de invalidez transitoria, parcial o definitiva total.

3. Pensión de Sobrevivencia

La pensión de sobrevivencia beneficia los familiares del afiliado fallecido, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales.

En el caso de los pensionados, la pensión se financia con el saldo de la cuenta individual y de ahorro voluntario (en caso de tenerlo).

Para los no pensionados, esta se financia con el saldo de la cuenta individual más el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Si el trabajador activo no se encontraba cubierto por el SIS, se cubre sólo con el saldo en la cuenta.

En el caso de la Pensión de Sobrevivencia debe existir acuerdo entre todos los beneficiarios para optar por una modalidad de Renta Vitalicia. Mientras no haya un acuerdo, quedarán afectos a la modalidad de Retiro Programado. Tanto en el caso de las Pensiones de Invalidez como de Sobrevivencia, el ahorro individual acumulado por el afiliado durante su vida activa se complementa con un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) que las AFP contratan para sus afiliados con Compañías de Seguros de Vida.