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Septiembre 30, 2019

Ahorro obligatorio y voluntario en la AFP: cómo se cotiza y cómo retirar ese dinero

Con una semana intensa en materia de pensiones cerrará el mes de septiembre, tras los coletazos que surgen luego que el Tribunal Constitucional admitiera a trámite un requerimiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta por una profesora que solicitó el retiro de sus fondos
 
¿QUÉ SON LAS COTIZACIONES OBLIGATORIAS? Todos los trabajadores afiliados al sistema de AFP tienen la obligación de cotizar un 10% de su remuneración imponible o rentas mensuales brutas en su cuenta de capitalización individual, donde se acumula el dinero ahorrado para pagar las futuras pensiones. Estas cotizaciones se encuentran exentas de impuesto a la renta

¿DE QUIÉN ES EL DINERO QUE SE COTIZA POR LEY? Los fondos de pensiones pertenecen a los afiliados y no tienen ninguna relación con el capital de las AFP. La función de las administradoras es gestionar los ahorros previsionales de manera que todas las ganancias que se producen por la inversión de esos recursos en el mercado pertenecen a los afiliados y son destinados a aumentar los saldos de las respectivas cuentas individuales obligatorias.

¿SE PUEDE RETIRAR ESE DINERO? No. El sistema no permite efectuar giros totales o parciales de los fondos respecto de las cotizaciones obligatorias. Las sumas depositadas en las cuentas de capitalización individual solo están destinadas al financiamiento de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, con la excepción del otorgamiento de los retiros de excedentes de libre disposición en el caso de que el afiliado lo solicite al pensionarse y le asista el derecho, el pago de cuota mortuoria o el pago de los fondos bajo la forma de herencia.

¿QUÉ ES EL AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO? ¿SE PUEDEN RETIRAR ESOS RECURSOS? El APV es una alternativa de ahorro adicional al obligatorio (10%), que tiene como principal objetivo el aumentar el monto de la pensión o compensar períodos no cotizados, generados por desempleo u otras causas (lagunas previsionales). Estos recursos pueden ser retirados en cualquier momento y para cualquier propósito, pero al no ser utilizados para la pensión, deberán pagar el impuesto global complementario más un recargo en caso de que estén bajo el régimen tributario B o bien descontar la bonificación estatal si tomó el régimen tributario A.

¿Y LA CUENTA 2? La cuenta de ahorro voluntario, también conocida como Cuenta 2, es instrumento financiero que se puede abrir en las AFP. Esta tiene como objetivo ser una fuente de ahorro de libre disposición para los afiliados, es decir, no tienen el carácter de cotizaciones previsionales. Por lo tanto, ese dinero se puede retirar en cualquier momento y se pueden hacer hasta 24 retiros anualmente. Ahora, si el ahorro se destina únicamente para la pensión, el Estado otorga incentivos