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Abril 6, 2020

Tres medidas de contingencia para la entrega de beneficios del IPS

Pensiones previsionales, Subsidios Familiares (SU F), pensiones básicas solidarias, Ingreso Ético Familiar y otros. Son múltiples los beneficios que paga el Instituto de Previsión Social, IPS, y aquí te contamos tres importantes medidas que se han tomado para facilitar su pago en esta contingencia: traspaso automático a CuentaRUT, adelanto de pagos y extensión de poderes.

1.-Beneficios del IPS a CuentaRUT

A partir de este mes de abril, se transfieren los pagos del IPS que se hacían en locales de Caja Los Héroes o de BancoEstado, a depósito en CuentaRUT para las personas que la tengan habilitada y la hayan usado al menos una vez en los últimos 6 meses. Estas personas ya NO deberán concurrir a un local de Caja Los Héroes o BancoEstado a cobrar su pensión presencialmente.

2.-Adelanto de pagos de pensiones y beneficios en abril

El Instituto de Previsión Social, IPS, ha dispuesto la posibilidad de cobrar todos los beneficios de abril hasta el 15 de este mes. Esto significa que los pagos previstos desde el 16 de abril en adelante han sido reprogramados para los primeros 15 días. Estos pagos pueden corresponder a beneficios como el Subsidio Familiar, la Pensión Básica Solidaria, pensiones previsionales del IPS, el Ingreso Ético Familiar y otros pagados a través del Instituto de Previsión Social.

¿Dónde consultar mi próxima forma de pago y si me pagarán en Cuenta RUT?

Para esto, se habilitó una consulta en el sitio www.chileatiende.cl y en el Cali Center 101, Así, las personas con fecha de pago el 15, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de abril pueden revisar su nueva fecha de pago en www.chileatiende.cl y en el Cali Center 101.

¿Si una persona llega a cobrar después del 15 le pagarán?

Sí, el pago también estará disponible en su local de pagos, salvo que la persona tenga una CuentaRUT usada en los últimos 6 meses, en cuyo caso se le depositará.

3.-Extensión de poderes para el cobro de pensiones

El IPS también dispuso que todos los poderes para el cobro de pensiones, que tienen vencimiento entre marzo y octubre de este año, se extiendan automáticamente por un año. Estos documentos permiten a determinadas personas cobrar en nombre de un tercero que los ha autorizado para este fin, por ejemplo, dada la avanzada edad del titulara por verse impedido de trasladarse a realizar trámites.

Así se evita que las personas deban concurrir a una sucursal a realizar la renovación de este mandato.

¿Dónde consultar por más orientación?

En las redes sociales Facebook, Twitter e Instagram ChileAtiende.

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