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Abril 3, 2024
Si eres pensionado(a) ¿debes seguir cotizando para salud y pensión?
Durante la vida laboral, todas las personas que trabajen destinan un porcentaje de su sueldo imponible al pago de cotizaciones para acceder a prestaciones de Seguridad Social. Pero ¿qué ocurre con quienes ya están pensionados? ¿Deben seguir cotizando?
El acceso a atenciones de salud, licencias médicas por enfermedad o permisos parentales se garantiza por medio del pago de las cotizaciones de salud, para el que se destina el 7% del ingreso imponible de los trabajadores o del monto de pensión de quienes ya están recibiendo su pensión de vejez. Desde 2011, los pensionados no están obligados a pagar la cotización de salud y actualmente, la legislación exime del pago de cotizaciones de salud a los pensionados que pertenezcan al 80% más vulnerable de la población, independientemente de si están afiliados a Fonasa o Isapre. Esto les permite tener su pensión y continuar con la vigencia de sus planes, sin que cambie su contrato de salud.
Para ello, explica la gerenta de Vinculación de la Asociación de AFP, “es fundamental que los pensionados y pensionadas revisen si no les ha sido otorgado este beneficio, para que puedan presentar la documentación que haga falta, en especial considerando la relevancia que tienen los asuntos vinculados con cobertura de salud para mujeres sobre 60 años y hombres sobre 65 años”.
La exención de la obligación de pagar la cotización del 7% de salud no requiere de postulación, sino que se entrega automáticamente, si las personas que son beneficiarias de:
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).
- Pensión Garantizada Universal (PGU).
Es así, que los beneficiarios podrán ver reflejado el beneficio en la liquidación o comprobante de pago de pensión. En la sección correspondiente a descuentos, aparecerá el monto de la cotización legal de salud del 7% y en el renglón siguiente la “Bonificación fiscal salud, ley N°20.531”, que en general, es del mismo monto, a menos que el valor pactado del plan de salud en una ISAPRE sea mayor al 7% de la pensión.
Para acceder a la exención de cotización de salud, aquellas personas pensionadas que no reciben estos beneficios, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener más de 65 años.
- Estar pensionado por vejez, invalidez o sobrevivencia entregada por alguna AFP, Compañía de Seguros o el IPS (ex Cajas de Previsión Social) o por accidentes o enfermedades laborales a través de las mutualidades o recibir una pensión de la ley de reparación de exonerados políticos.
- Integrar un grupo familiar perteneciente al 80% más vulnerable de la población, de acuerdo con la clasificación que realiza el IPS.
- Acreditar haber vivido en Chile al menos 20 años (seguidos o discontinuos) desde los 20 años de edad, incluyendo cuatro de los últimos cinco años antes de la postulación.
- No recibir pensiones de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA, y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DIPRECA.
Ahorro previsional: ¿qué ocurre con los pensionados que siguen trabajando?
Actualmente, hay muchas personas que -teniendo la edad legal para jubilarse-, se encuentran activas laboralmente y que, por ello, pueden tomar la decisión de postergar su edad de retiro o de pensionarse y continuar trabajando.
Si una persona que está pensionada continúa trabajando, tiene la posibilidad de seguir cotizando para su vejez, pero también puede eximirse de hacerlo, expresando su deseo por escrito tanto a su empleador como a la AFP en la que está afiliada, consignó la Superintendencia de Pensiones.
“La cotización postretiro tiene una ventaja, relacionada con las licencias médicas. La legislación establece que, para acceder a una licencia médica, el trabajador debe registrar, al menos, tres cotizaciones en los seis meses anteriores al inicio de la licencia. Así, la cotización para pensiones permite calcular y pagar estas prestaciones”, puntualiza Alejandra López.
Vale recordar que la edad legal para pensionarse es de 60 años para mujeres y 65 años para los hombres y no es una obligación para los trabajadores del sector privado y al ser la licencia médica un derecho a ausentarse del trabajo de manera remunerada por indicación médica, el sistema de salud considera la cotización para pensión como el medio para verificar no solo el vínculo laboral del pensionado, sino que también sus ingresos, para calcular el monto de la licencia.