Preguntas generales


1. ¿En qué consiste la Ley 21.431?

En septiembre entra en vigencia la Ley 21.431 que reconoce como trabajadores a quienes prestan servicios en plataformas en plataformas digitales y regula sus contratos.

Con esta Ley se busca regular la relación laboral y el establecimiento de un Contrato de Trabajo o de prestación de servicios entre los trabajadores y la plataforma digital, reglamentando entre otros aspectos: la jornada, el pago y el acceso a la protección social.

2.¿Qué debo tener en cuenta ahora que tendré un contrato?

De acuerdo con la naturaleza del trabajo que realice el trabajador, el contrato puede ser dependiente o de prestación de servicios. Independientemente del tipo de contrato, todos los trabajadores tienen acceso a la seguridad social y se regulan, entre otros aspectos, la jornada de trabajo, además de la forma y periodicidad de pago de los honorarios.

Específicamente en el caso de los contratos de prestación de servicios es necesario tener en cuenta:

  • Los trabajadores deben emitir boletas de honorarios


  • Podrán recibir sus remuneraciones con una frecuencia que no puede ser mayor a un mes


  • El valor hora de los honorarios no puede ser menor a $2.600 (equivalente a 1,2 veces el valor hora del Ingreso Mínimo Mensual)


  • Obligatoriedad de desconexión mínima de 12 hrs continuas. Es decir, si se quiere comenzar a trabajar a las 9 hrs, es necesario desconectarse, por lo menos, a las 21 hrs.

  • La empresa debe entregar elementos de protección personal si utilizan bicicleta o moto para hacer sus labores


  • También es responsabilidad de la empresa cubrir con un seguro de los bienes personales que sean utilizados en el trabajo


Quienes estén contratados de manera independiente, deberán emitir boletas de honorarios para recibir su pago y cotizar para la Seguridad Social en su declaración anual de impuestos.

3. ¿A quién protege esta ley?
De acuerdo con cifras del INE, en Chile existen 205.741 personas trabajando en plataformas digitales, de las cuales, se estima, que el 15% son extranjeras y 53% son hombres.

En septiembre entra en vigencia la Ley 21.431 que reconoce como trabajadores a quienes prestan servicios en plataformas en plataformas digitales y regula sus contratos. A nivel mundial, han sido pocos los países que han regulado esta área del mercado laboral. Sin importar el tipo de contrato del trabajador, todos tienen derecho a seguridad social.

4. ¿Qué beneficios tiene esta ley para los trabajadores?
La contratación trae consigo distintos beneficios para el trabajador en la realización de su trabajo diario, como por ejemplo:


  • Los trabajadores deben ser capacitados en protocolos de seguridad y salud por la empresa.

  • Se les debe proveer elementos de protección personal a quienes utilicen bicicleta o moto para realizar su trabajo.

  • Tienen derecho a contar con un seguro para los bienes personales que sean utilizados para la prestación de servicios.

  • Se puede acreditar ingresos para arrendar una vivienda, acceder a un crédito, entre otros, además de otorgar protección ante enfermedad, cesantía, accidentes laborales, vejez e invalidez.



5. ¿Cuáles son sus beneficios?
Más allá de la seguridad en el trabajo diario, uno de los grandes beneficios prácticos que conlleva la promulgación de esta Ley, es que, por una parte, les permite a todos aquellos trabajadores que obtienen la mayoría de sus ingresos a través de la prestación de servicios a empresas de plataformas digitales, acreditar ingresos para arrendar una vivienda, acceder a un crédito, entre otros, pero además les otorga protección ante enfermedad, cesantía y accidentes laborales, protección a la que, de no cotizar, no tendrían acceso. También para estos mismos trabajadores, la contratación implica poder cotizar para obtener una futura pensión de vejez o invalidez.

6. ¿Cómo se deben emitir las boletas de honorarios?
Las boletas de honorarios deben ser emitidas en el Servicio de Impuestos Internos, de manera digital en www.SII.cl o física.

Los trabajadores deben contar con inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, un giro amplio es el de “Otras actividades de servicios personales” y clave de seguridad del sitio www.SII.cl

7. ¿Cómo cotizar para la Seguridad Social siendo un trabajador independiente?

Quienes emiten boletas de honorarios tienen la obligación de cotizar para Seguridad Social en su declaración anual de impuestos, aun cuando pueden cotizar de manera independiente mes a mes.

En abril de cada año, en conjunto con la declaración de ingresos en la llamada Operación Renta, se calculará el monto a cotizar para Seguridad Social, monto que depende de los ingresos obtenidos en el año anterior y financiado con cargo a la retención de impuestos de cada boleta emitida y otorga acceso a cobertura de seguridad social entre los meses de julio, del año en que se realiza la declaración de impuestos, a junio del año siguiente.

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